El Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (Ciadi) ha fallado en favor de las empresas integrantes del consorcio a cargo de la construcción del metro de Lima (ACS, FCC y otros socios) para que el Perú pague una indemnización por la Línea 2 del metro de Lima. El laudo fue dictado esta semana por organismo de arbitraje del Banco Mundial.
De acuerdo al CIADI, el Perú deberá pagar por los sobrecostes y daños por la construcción de infraestructura. No obstante, el consorcio presentó dos demandas arbitrales adicionales contra nuestro país.
La demanda fue presentada en enero de 2017. En ella, el consorcio acusaba al Perú de no haber cumplido con la entrega de los terrenos donde se realizarían las obras, así como tampoco se aprobó los estudios de ingeniería de detalle. Además, al año siguiente, se solicitó la ampliación del plazo de ejecución de obras, ocasionando daños y perjuicios que superaban los $700 millones.
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Sin embargo, el Estado peruano rechazó la demanda y presentó una contrademanda en la que solicitó $700 millones por daños socioeconómicos y ambientales. CIADI determinó agrupar ambas reclamaciones en un único proceso.
En 2021, el organismo emitió un fallo favorable a las empresas en el que rechazó la contrademanda presentada por Perú, considerando que había incumplido con su obligación de entregar en el plazo fijado la mayoría de los terrenos donde se llevarían a cabo las obras del metro. Asimismo, determinó que nuestro país incumplió sus obligaciones contractuales en cuanto a la supervisión y aprobación de estudios de ingeniería de detalle, y señaló que no cumplió de manera adecuada la supervisión.
Luego de que el consorcio decidiera rebajar sus pretensiones y exigir una indemnización de $84,7 millones y ya no de 109, el Perú presentó cálculos de demanda más bajos. Aquello generó que el tribunal internacional sea el que dirima la controversia.
El monto fijado por Ciadi que deberá pagar el Perú aún no se conoce. No obstante, según informó El País, el socio peruano, Cosapi, calificó de “favorable para la sociedad concesionaria”. En ese sentido, la empresa ha indicado que el fallo del tribunal obliga a nuestro país a pagar una indemnización por sobrecostes causados por el cambio en el diseño de la línea 2 del Metro, daños económicos, indemnización por daños y perjuicios financieros y el cobro de intereses devengados desde el 31 de diciembre de 2018 hasta que se pague la indemnización.