Mié. Jun 7th, 2023

En la Comisión de Vivienda del Congreso quieren incrementar las posibilidades de financiamiento que hoy otorga el Fondo Mivivienda, para que pueda cubrir al sector predios informales en el país.

Y es que en este grupo de trabajo, hay un predictamen que plantea que Mivivienda otorgue créditos o subsidios a personas que son “poseedores” de terrenos, es decir, familias que no tienen un título de propiedad, pero que reunirían los requisitos para ser declarados propietarios (y acceder a un título) mediante “prescripción conforme al Código Civil o conforme a las normas de Cofopri, o conforme a los procedimientos de prescripción administrativa previstos en la Ley 29415”.

Para formalizar una propiedad que se ocupa sin saber que es de alguien más y de buena fe, se requiere estar en el lugar por cinco años pagando agua, luz, pagos municipales y todos los gastos alusivos al terreno.

Desde el Gobierno advierten que si bien la propia iniciativa trata de restringir su aplicación a aquellos poseedores por “invasión u ocupación irregular o violenta de propiedad privada o pública, o tráfico de terrenos o cualquier otro hecho doloso o ilícito”, la falta de criterios o la dificultad para probar dicha situación hacen que la norma pueda significar un mayor incentivo a las invasiones u ocupaciones irregulares.

Advierten que con este subsidio, el invasor no solo tendrá la expectativa de acceder a un título de propiedad (luego de transcurrido un período de tiempo desde su asentamiento), sino que tendrá la expectativa, además, de poder acceder a un subsidio estatal para la construcción de su vivienda, fomentándose estas actuaciones.

Requisitos

En los casos de solicitantes de créditos o subsidios de vivienda, que sean poseedores inmediatos, se plantea que para tener la condición de elegibles deben reunir concurrentemente tres requisitos.

El primero es contar con un certificado de posesión del municipio provincial respectivo. Segundo, tener un certificado emitido por un notario público registrado ante Cofopri, que dé fe de que reúne los requisitos legales para adquirir la propiedad por prescripción. Y, finalmente, tener el cargo original del escrito de inicio del procedimiento de prescripción administrativa o judicial respectivo.

Sin embargo, al no haber aún la declaración de prescripción adquisitiva, ello quiere decir que no hay inmueble inscrito y por ello no es posible inscribir una hipoteca por el crédito o subsidio otorgado.

Se quiere dar facilidades a la informalidad

El propio predictamen de la Comisión de Vivienda señala que la iniciativa legislativa propone que no solo se dé crédito a quienes ya son propietarios, sino también se adelante los créditos de vivienda del Estado a los sectores informales, que siendo poseedores inmediatos reúnen todos los requisitos para lograr alcanzar la condición jurídica de propietarios en el corto, mediano o largo plazo.

“La idea es que no siga ocurriendo lo que acontece hasta la actualidad: que, por la burocracia y los trámites de las propias entidades del Estado, las personas de los sectores más vulnerables que nunca han tenido acceso al crédito, sigan sin tener financiamiento para vivienda mientras no completen sus procedimientos de formalización y titulación”, refiere.

Javier Prialé – Gestión

Por admin


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