Vie. Jul 26th, 2024

Las Asociaciones Público Privadas como motor de crecimiento en la inversión privada

Jose Manuel Abastos y Ana Vidal

Socio de Hernández & Cía. / asociada de Hernández & Cía.

Es un hecho que nuestro país viene atravesando una crisis en el sector infraestructura que se ve reflejada en la brecha de infraestructura que, según el Marco Macroeconómico Multianual 2023-2026 elaborado por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), asciende a US$ 110 mil millones aproximadamente, concentradas principalmente en sectores como transporte, saneamiento, salud y agua, entre otros.

En una respuesta a esta problemática, el gobierno peruano viene implementando mecanismos para reducir dicha brecha, a través de obras públicas, obras por impuestos y Asociaciones Público Privadas (APP). Las APP han representado la mayor inversión privada que ha recibido el Perú en las últimas décadas para el desarrollo de infraestructuras de gran envergadura; por ejemplo, aeropuertos, carreteras, etc.

En esa misma línea, en la búsqueda de disminuir la brecha de infraestructura, de manera acertada el gobierno peruano ha incluido en los últimos años el uso de Contratos Estándares Internacionales de Construcción, siendo el ejemplo más conocido la construcción de la infraestructura para los Juegos Panamericanos de Lima 2019. Si bien los Contratos Estándares Internacionales de Construcción han sido usados desde hace muchos años en otros países, su incorporación en el Perú es reciente por lo que su uso y conocimiento aún se encuentra en desarrollo.

En esta oportunidad consideramos relevante ahondar en el mecanismo de APP que es definido legalmente como la modalidad de participación de la inversión privada mediante contratos de largo plazo en los que interviene el Estado, a través de alguna entidad pública y uno o más inversionistas privados. Su principal característica es la distribución de riesgos y recursos, y que en este último caso son aportados principalmente por inversionistas privados.

El desarrollo de las APP en el Perú tuvo mayor auge entre los años 2008 y 2014 con un total de 55 proyectos adjudicados, según estadísticas publicadas por el MEF. Sin embargo, desde el año 2015 el número de proyectos adjudicados fue disminuyendo acentuadamente, tal como se observa en el siguiente gráfico del Marco Macroeconómico Multianual 2023-2026.

Teniendo en cuenta el marco descrito consideramos importante analizar tres medidas adoptadas por el gobierno peruano para lograr disminuir la citada brecha de infraestructura: las modificaciones al marco normativo de las APPs, la creación de la Autoridad Nacional de Infraestructura (en adelante, ANIN), y la creación de la Comisión Consultiva para el Desarrollo de la Infraestructura Nacional.

Sobre el primer punto, durante el año 2023 se publicaron el Decreto Legislativo No. 1550 y el Decreto Supremo No. 182-2023-EF, que modificaron el Decreto Legislativo No. 1362 (Ley de APP) y el Decreto Supremo No. 240-2018-EF (Reglamento de la Ley de APP).

Estas modificaciones tuvieron como finalidad la optimización del procedimiento, evaluación y sustento de la capacidad presupuestal para el desarrollo de proyectos, conllevando por ejemplo la incorporación del principio de “responsabilidad presupuestal” y el concepto de “declaración de uso de recursos públicos”

Estos cambios normativos deberían permitir una eficiente asignación de recursos y una mejora de los procesos de análisis y evaluación de la capacidad presupuestal de los proyectos bajo la modalidad de APP, optimizando plazos durante las diversas etapas, principalmente las iniciales.

Por otro lado, mediante la publicación de la Ley No. 31841, de fecha 21 de julio de 2023, se creó la ANIN que ha sido concebida con la finalidad de contribuir al cierre de brechas de infraestructura, para garantizar la efectiva prestación de servicios públicos y dinamizar la economía, así como al desarrollo del país con enfoque territorial, de prevención y de sostenibilidad ambiental.

La ANIN tiene competencia en materia de infraestructura sobre los proyectos o programas de inversión a nivel nacional, de los tres niveles de gobierno, que le sean asignados o delegados. Los proyectos o programas de inversión a cargo de la ANIN serán de montos iguales o mayores a 200 millones de Soles y deberán estar incluidos en la programación multianual de inversiones vigentes sin ejecución física.

El pasado 29 de agosto de 2023 se pre publicó el reglamento de la ANIN. Su posterior aprobación gatillará la entrada en vigencia de esta nueva entidad que esperamos cumpla con su finalidad.

Finalmente, el 18 de agosto de 2023 se publicó la Resolución Suprema No. 009-2023-EF que crea la “Comisión Consultiva para el Desarrollo de la Infraestructura Nacional” que dependerá del MEF y que tiene por objeto emitir propuestas y recomendaciones para mejorar el desarrollo e implementación de infraestructura en el marco del Sistema Nacional de Promoción de la Inversión Privada.

Esta comisión consultiva se encuentra compuesta por 8 especialistas ad honorem que tendrán como funciones principales emitir opinión no vinculante sobre la actualización del Plan Nacional de Infraestructura, proponer mejoras respecto a los criterios de priorización de proyectos de inversión, y emitir opinión no vinculante sobre los documentos relacionados con el desarrollo e implementación de infraestructura.

Consideramos que esta nueva comisión puede aportar ideas al desarrollo de proyectos con una visión del ámbito privado sumada a la del ámbito público, logrando productos atractivos para el mercado.

Como hemos expuesto en el presente artículo, el país se encuentra en un proceso de mejora respecto de los años previos en lo que respecta a la inversión privada en proyectos de infraestructura, prueba de ello es que durante el primer semestre del presente año Proinversión ha logrado adjudicar un total de 6 proyectos bajo el mecanismo de APP con un monto de inversión aproximado de US$ 1,000 millones. Esto es, la misma cantidad de APP adjudicadas entre 2018 y 2021.

Por su parte, consideramos conveniente que el gobierno evalúe la conveniencia de implementar la operación y mantenimiento de los proyectos ejecutados Gobierno a Gobierno (G2G) bajo la modalidad de APP, ello con la finalidad de que los proyectos construidos con convenios G2G no queden desatendidos y puedan ser operados y mantenidos por un concesionario con niveles de servicio mínimos que aseguren el buen uso de la infraestructura en favor de la población beneficiaria.

Esperamos que las medidas implementadas por el gobierno, descritas previamente, coadyuven a que la brecha de infraestructura siga disminuyendo ya sea mediante la concretización de mayores proyectos APP o bajo cualquier otra modalidad de inversión.

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