Vie. Jul 26th, 2024

Seis empresas concesionarias fueron multadas por Ositrán en primer trimestre del año

El Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositrán) aplicó entre enero y marzo de este año nueve sanciones y una penalidad por un monto total de S/ 6.14 millones a empresas concesionarias.

El regulador informó que se aplicó una penalidad a la Sociedad Concesionaria Hidrovía Amazónica (COHIDRO), por S/ 662,400 por un incumplimiento referido a no haber presentado dentro del plazo establecido el Informe Final del Estudio de Impacto Ambiental Detallado (EIA-d) a la autoridad ambiental competente (SENACE) para su aprobación.

De las sanciones impuestas que cuentan con resolución firme del Regulador, cuatro se aplicaron a concesionarias del sector portuario. Dos fueron impuestas a la empresa Terminal Portuario Paracas S.A. por un total de S/ 42,044 y las otras dos a la empresa APM Terminals Callao S.A. por un total de S/ 372,784; en todos los casos por incumplimiento de niveles de servicio y productividad previstos en sus respectivos contratos de concesión.

En el sector de metros y ferrocarriles se registraron tres sanciones a la concesionaria Tren Urbano de Lima por un monto total de S/ 4.7 millones, por incumplimientos relativos a operaciones en la infraestructura (Talonamiento de la aguja AG13 – Patio de Maniobras de Bayóvar), incumplimientos en la conservación de las pasarelas peatonales y vehiculares de la Línea 1 del Metro de Lima e inobservancias a la prestación de ayuda al usuario de la infraestructura.

En el caso de infraestructuras aeroportuarias se aplicó una sanción a la empresa Aeropuertos del Perú S.A. por un valor de S/ 276,138, por el incumplimiento referido a no contar con un módulo y oficina de atención al usuario en el aeropuerto de Chachapoyas.

Asimismo, en el sector de carreteras se registró la aplicación de una sanción no pecuniaria (amonestación) a la empresa Consorcio Concesión Chancay Acos S.A. por el cobro indebido de tarifas y no haber realizado el procedimiento de reajuste tarifario de forma oportuna y conforme lo previsto en la normatividad, disponiéndose, además, la imposición de medida correctiva, referida a restituir a los afectados el monto indebidamente cobrado.

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